Prórroga de excedencia voluntaria: todo lo que debes saber

¿Necesitas pedir una prórroga de excedencia voluntaria? Esta prórroga es un derecho regulado por el Estatuto de los Trabajadores que permite a los trabajadores suspender su contrato laboral.

Se contempla la posibilidad de prorrogar la excedencia una vez finalizada, aunque es una facultad que recae en la empresa.

En caso de negativa de la empresa, existen procedimientos legales para reclamar. Hay que estar al tanto de las obligaciones de ambas partes en el proceso de reincorporación tras la finalización de la excedencia.

Excedencia voluntaria: concepto y duración

La excedencia voluntaria es una figura contemplada en el Estatuto de los Trabajadores que permite a los trabajadores suspender temporalmente su contrato laboral.

Esta suspensión puede hacerse durante un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años.

Duración máxima y mínima de la excedencia voluntaria según el Estatuto de los Trabajadores

Según el Estatuto de los Trabajadores, la duración de la excedencia voluntaria debe estar comprendida entre una duración mínima de cuatro meses y una duración máxima de cinco años.

Requisitos para solicitar la excedencia voluntaria

  • Para solicitar una excedencia voluntaria, es necesario haber estado trabajando en la empresa durante al menos un año.
  • Además, la solicitud debe presentarse por escrito y con una antelación mínima de quince días a la fecha prevista de inicio de la excedencia. La empresa está obligada a contestar a la solicitud en un plazo de treinta días desde su presentación.
  • En cuanto a la duración de la excedencia, puede ser por un período de tiempo determinado o indeterminado, y puede solicitarse para dedicarse a cualquier actividad compatible con el trabajo que se venía desempeñando en la empresa.
  • Durante el tiempo de excedencia, el trabajador no tiene derecho a remuneración ni se le computa como tiempo trabajado a efectos de antigüedad en la empresa.

Es importante tener en cuenta que, en el caso de excedencias de larga duración, la empresa puede requerir al trabajador que se incorpore a su puesto de trabajo provisionalmente para evitar su amortización en caso de que la empresa en la que trabaja esté atravesando dificultades económicas.

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Prórroga de excedencia voluntaria: posibilidad y requisitos

Tras solicitar una excedencia voluntaria, es posible que el trabajador desee prolongarla más allá del límite establecido legalmente.

La prórroga de la excedencia no está regulada por ley, por lo que es responsabilidad de la empresa decidir si la concede o no.

En cualquier caso, la prórroga debe solicitarse antes de finalizar el plazo de la excedencia voluntaria original.

Posibilidad de prorrogar la excedencia voluntaria

Como hemos mencionado anteriormente, la decisión de prorrogar la excedencia voluntaria depende de la empresa.

En la práctica, las empresas suelen ser permisivas en esta materia, sobre todo si el trabajador acredita que la prórroga es necesaria.

Requisitos para solicitar la prórroga de excedencia voluntaria

Para solicitar la prórroga de la excedencia voluntaria, el trabajador deberá comunicarlo a la empresa con la suficiente antelación y en el plazo establecido por las partes, que no puede ser inferior a 15 días. La solicitud de prórroga deberá contener una serie de datos, entre los que destacan:

  • La fecha de finalización de la excedencia voluntaria original.
  • La duración de la prórroga solicitada.
  • Las razones por las que se solicita la prórroga.

Es recomendable que el trabajador justifique las razones por las que solicita la prórroga de la excedencia voluntaria, incluyendo los motivos personales o familiares que lo llevan a tomar dicha decisión.

De esta manera, la empresa puede valorar mejor la petición y tomar una decisión más objetiva.

Cabe destacar que la prórroga de la excedencia voluntaria se considera como una nueva solicitud de excedencia, por lo que solo se podrá solicitar tras pasar un mínimo de cuatro años desde el final de la anterior.

Por tanto, si el trabajador ya ha disfrutado de una excedencia voluntaria en los últimos cuatro años, no podrá solicitar su prórroga hasta que transcurra dicho plazo.

Resumen

IMPORTANTE

Si deseas extender tu excedencia voluntaria, debes presentar una solicitud escrita a tu empleador con al menos 15 días de anticipación a la finalización de tu actual periodo de excedencia. En ella, es importante que indiques cuándo finaliza tu actual excedencia, cuánto tiempo deseas añadir, y las razones que te llevan a tomar esta decisión. Recuerda, es crucial que lo justifiques de manera detallada para que la empresa pueda valorar tu petición de manera objetiva.

Negativa de la empresa a la prórroga: qué hacer

Cuando la empresa deniega la prórroga de la excedencia voluntaria del trabajador, este debe tomar ciertas acciones. En esta sección se detallan los pasos a seguir.

Situación en caso de denegación de la prórroga

En caso de que la empresa deniegue la prórroga, el trabajador se encuentra en una situación en la que debe decidir si vuelve al trabajo en el plazo fijado o si sigue en situación de excedencia de forma voluntaria. Si decide regresar al trabajo, debe hacerlo en la fecha indicada en la denegación de la prórroga.

Si opta por continuar en situación de excedencia voluntaria, debe tener en cuenta que no tiene derecho a conservar su puesto de trabajo, por lo que corre el riesgo de perderlo al no reincorporarse en el plazo establecido.

Procedimiento para reclamar si la empresa deniega la prórroga de excedencia voluntaria

El trabajador puede recurrir la negativa de la empresa a la prórroga de excedencia voluntaria y reclamar sus derechos.

Para hacerlo, puede iniciar una demanda por despido improcedente o, si lo prefiere, presentar una papeleta de conciliación.

En el caso de una demanda por despido improcedente, el trabajador deberá probar que la empresa ha actuado de forma arbitraria al denegar la prórroga de la excedencia.

Si el trabajador gana la demanda, la empresa deberá readmitirlo en su puesto de trabajo o pagarle una indemnización por el despido.

Por otro lado, si el trabajador opta por presentar una papeleta de conciliación, deberá acudir a un acto de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). En este acto, el trabajador y la empresa intentarán llegar a un acuerdo extrajudicial que solucione el conflicto.

Si no se llega a un acuerdo, el trabajador podrá iniciar una demanda por despido improcedente. En ambos casos, es importante que el trabajador tenga documentación que demuestre que solicitó la prórroga de la excedencia voluntaria y que la empresa la denegó sin un motivo justificado.

Esto puede incluir emails, cartas o cualquier otra comunicación por escrito que haya mantenido con la empresa.

Reincorporación tras la excedencia voluntaria y la prórroga

Tras finalizar la excedencia voluntaria o su prórroga, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo si así lo desea.

En esta sección se abordan dos aspectos importantes en el proceso de reincorporación: la situación del trabajador tras la finalización de la excedencia y las obligaciones de la empresa y del trabajador en este proceso.

Situación del trabajador tras la finalización de la excedencia y la prórroga

  • El trabajador que ha disfrutado de una excedencia voluntaria o su prórroga tiene derecho a volver a su puesto de trabajo si así lo desea, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de finalización de la misma.
  • La empresa tiene la obligación de comunicar al trabajador por escrito, en el plazo máximo de diez días hábiles desde la recepción de la solicitud de reincorporación, la fecha prevista de su reincorporación.
  • Si la empresa no cumple con esta obligación, el trabajador podrá reclamar por escrito la falta de comunicación y, pasado el plazo de un mes desde la recepción de la reclamación, podrá proceder a la resolución del contrato con derecho a indemnización.

Obligaciones de la empresa y del trabajador en el proceso de reincorporación

  • La empresa tiene la obligación de readmitir al trabajador en las mismas condiciones laborales que tenía antes de la excedencia. No se le puede perjudicar por haber disfrutado de una excedencia voluntaria o su prórroga.
  • El trabajador, por su parte, deberá prestar sus servicios en las mismas condiciones que antes de la excedencia.
  • El trabajador que no se reincorpora a su puesto de trabajo en el plazo establecido renuncia a su derecho a la reincorporación y, por tanto, a su puesto de trabajo. La empresa estaría en su derecho de proceder a su despido.

Jurisprudencia sobre la prórroga de la excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria es una figura regulada por el Estatuto de los Trabajadores que permite a los trabajadores suspender su contrato por un período no inferior a cuatro meses ni superior a cinco años.

La prórroga de esta figura depende del criterio empresarial, ya que la ley no la regula expresamente. Sin embargo, cuando la empresa niega la prórroga de la excedencia voluntaria, se puede recurrir a la justicia laboral.

Sentencias que abordan casos de prórroga de excedencia voluntaria

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias determinó que negar una prórroga de excedencia voluntaria sin causa justificada puede considerarse despido improcedente.

En este caso, la trabajadora solicitó una prórroga de un año que fue denegada por la empresa. La trabajadora no se incorporó al final de la excedencia y la empresa la dio de baja de la Seguridad Social, lo que llevó a la trabajadora a recurrir por despido improcedente.

La sentencia condenó a la empresa a indemnizar a la trabajadora por más de 90.000€ o readmitirla. De esta forma, se estableció que la prórroga de la excedencia voluntaria debe motivarse tanto en la solicitud inicial como en su prórroga y que la empresa debe ser conocedora del interés del trabajador en continuar prestando servicios.

Otra sentencia importante para los trabajadores que solicitan la prórroga de la excedencia voluntaria se presentó en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El Tribunal dictaminó que si el trabajador solicita la prórroga de la excedencia voluntaria y la empresa no puede justificar su denegación, el trabajador puede optar por demandar la resolución de su contrato por voluntad del empleador con derecho a indemnización, ya que se considera una resolución unilateral del contrato sin causa justificada.

Interpretación del Tribunal Supremo en cuanto a la prórroga de excedencia voluntaria

El Tribunal Supremo considera que una prórroga de la excedencia voluntaria se puede equiparar a una nueva solicitud de excedencia y solo se puede solicitar tras pasar cuatro años desde el final de la anterior. Por lo tanto, no existe un derecho a la prórroga de la excedencia voluntaria, aunque la negativa de la empresa a concederla debe justificarse.

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