Base de Cotización (TODO lo que necesitas saber BIEN EXPLICADO)

La base de cotización es un aspecto fundamental del sistema de seguridad social, ya que afecta tanto a trabajadores asalariados como a autónomos, así como a empleadores. 

Conocer su funcionamiento es esencial para tomar decisiones informadas y garantizar el acceso a los beneficios y prestaciones que ofrece el sistema de seguridad social. 

A lo largo de este artículo, explicaremos en detalle la base de cotización, su impacto en las cotizaciones y prestaciones, y la importancia de su adecuada gestión para salvaguardar nuestro bienestar económico y laboral a lo largo de nuestra vida profesional.

¿Qué es la base de cotización?

La base de cotización es la cantidad total que un trabajador recibe mensualmente como salario, incluyendo las horas extras, pagas extra prorrateadas y vacaciones pagadas no disfrutadas

Este monto es en bruto, es decir, antes de deducir los impuestos y las contribuciones a la Seguridad Social. Es importante conocer esta cifra porque es la base para determinar cuánto se aportará a la Seguridad Social, tanto por parte del empleado como del empleador.

¿Qué es la base de cotización?

Esta base de cotización tiene un papel esencial en el sistema de seguridad social, ya que está directamente relacionada con las contribuciones y prestaciones que se pueden recibir en situaciones como desempleo, jubilación o incapacidad. Las cotizaciones que se realizan a lo largo de la vida laboral determinarán el monto de las prestaciones que se recibirán en el futuro.

La base de cotización es un concepto clave para comprender cómo funcionan las contribuciones y las prestaciones en el sistema de seguridad social. Es importante estar al tanto de este monto, ya que puede afectar las prestaciones que se reciban en situaciones de desempleo, jubilación o incapacidad.

Resumen

La base de cotización es el salario bruto mensual que un trabajador recibe, incluyendo horas extras y pagas extra prorrateadas. Es fundamental en el sistema de seguridad social, ya que determina las contribuciones y las prestaciones como desempleo, jubilación o incapacidad. Conocer este monto es clave para entender tus derechos y beneficios futuros.

¿Cómo se calcula la base de cotización?

La base de cotización es el monto sobre el cual se calculan las contribuciones a la Seguridad Social y se deriva del salario bruto que recibes cada mes. Para calcularlo, se suman tu salario mensual, las pagas extra prorrateadas y otras percepciones que excedan un mes.

Dependiendo de tu grupo de cotización (determinado por tu profesión y nivel educativo), existen bases mínimas y máximas que varían. Estas bases también pueden diferir según el tipo de contrato que tengas, como indefinido, temporal o a tiempo parcial.

Para contratos indefinidos y temporales a tiempo completo, se considera tu salario mensual completo al calcular la base de cotización. En el caso de contratos temporales a tiempo parcial, se toma en cuenta solo la parte proporcional del salario que corresponde a las horas trabajadas.

Resumen

La base de cotización es la suma de tu salario mensual, pagas extra prorrateadas y otras percepciones, teniendo en cuenta las bases mínimas y máximas según tu grupo y el tipo de contrato que tengas. Conocer estos conceptos y cómo se determina la base de cotización te ayudará a entender tus derechos y beneficios futuros.

¿Cuál es la base mínima y máxima?

La base de cotización es la cantidad sobre la que se calculan las aportaciones a la Seguridad Social que deben hacer tanto el trabajador como el empleador. En España, hay diferentes grupos de cotización según la categoría profesional, y cada uno de ellos tiene establecida una base mínima y máxima de cotización.

De manera sencilla, te explico que la base mínima y máxima son los límites dentro de los cuales se establece la cantidad que se tiene en cuenta para calcular las cotizaciones. La base mínima es la cantidad más baja que se puede considerar para un grupo de cotización, mientras que la base máxima es la cantidad más alta.

Tablas con las bases de cotización mínimas y máximas en 2023

Régimen General de la Seguridad social

Grupo de CotizaciónCategorías ProfesionalesBases mínimas (€/mes o €/día)Bases máximas (€/mes o €/día)
1Ingenieros, Licenciados y Personal de alta dirección1.759,50 €/mes4.495,50 €/mes
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados1.459,20 €/mes4.495,50 €/mes
3Jefes Administrativos y de Taller1.269,30 €/mes4.495,50 €/mes
4Ayudantes no Titulados1.260,00 €/mes4.495,50 €/mes
5Oficiales Administrativos1.260,00 €/mes4.495,50 €/mes
6Subalternos1.260,00 €/mes4.495,50 €/mes
7Auxiliares Administrativos1.260,00 €/mes4.495,50 €/mes
8Oficiales de primera y segunda42,00 €/día149,85 €/día
9Oficiales de tercera y Especialistas42,00 €/día149,85 €/día
10Peones42,00 €/día149,85 €/día
11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional42,00 €/día149,85 €/día
Fuente: Seg-Social.es

Ten en cuenta que estas cifras pueden variar con el tiempo, ya que se actualizan periódicamente.

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Basada en rendimientos obtenidos)

Las bases de cotización son los montos sobre los que se calculan las cuotas a pagar por los autónomos a la Seguridad Social. Estos montos varían en función de los ingresos obtenidos por el trabajador.

La legislación establece una base mínima y una máxima de cotización para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado fija estos valores, que se dividen en tramos según los rendimientos netos mensuales. A cada tramo le corresponde una base de cotización mínima y máxima.

He creado una tabla simplificada que muestra las bases de cotización mínimas y máximas para cada tramo de rendimiento para el 2023:

Tramos de rendimientos netos mensuales (2023)Base de cotización mínima (€/mes)Base de cotización máxima (€/mes)
Hasta 670 €751,63849,66
Entre 670 € y 900 €849,67900
Entre 900 € y 1.166,70 €898,691.166,70
Entre 1.166,70 € y 1.300 €950,981.300
Entre 1.300 € y 1.500 €960,781.500
Entre 1.500 € y 1.700 €960,781.700
Entre 1.700 € y 1.850 €1.013,071.850
Entre 1.850 € y 2.030 €1.029,412.030
Entre 2.030 € y 2.330 €1.045,752.330
Entre 2.330 € y 2.760 €1.078,432.760
Entre 2.760 € y 3.190 €1.143,793.190
Entre 3.190 € y 3.620 €1.209,153.620
Entre 3.620 € y 4.050 €1.274,514.050
Entre 4.050 € y 6.000 €1.372,554.495,50
Más de 6.000 €1.633,994.495,50
Fuente Seg-Social.es

A continuación te dejo la tabla con la base de cotización para los años 2024 y 2025:

Tramos de rendimientos netosTramos base de cotización 2024 (Euros/mes)Tramos base de cotización 2025 (Euros/mes)
>= 1.166,7 y <= 1.300 €950,98 — 1.300950,98 — 1.300
> 1.300 y <= 1.500 €960,78 — 1.500960,78 — 1.500
> 1.500 y <= 1.700 €960,78 — 1.700960,78 — 1.700
> 1.700 y <= 1.850 €1.045,75 — 1.8501.143,79 — 1.850
> 1.850 y <= 2.030 €1.062,09 — 2.0301.209,15 — 2.030
> 2.030 y <= 2.330 €1.078,43 — 2.3301.274,51 — 2.330
> 2.330 y <= 2.760 €1.111,11 — 2.7601.356,21 — 2.760
> 2.760 y <= 3.190 €1.176,47 — 3.1901.437,91 — 3.190
> 3.190 y <= 3.620 €1.241,83 — 3.6201.519,61 — 3.620
> 3.620 y <= 4.050 €1.307,19 — 4.0501.601,31 — 4.050
> 4.050 y <= 6.000 €1.454,25 — 4.139,401.732,03 — 4.139,40
> 6.000 €1.732,03 — 4.139,401.928,10 — 4.139,40
Fuente: Seg-Social.es

Recuerda que estos valores pueden cambiar cada año. Además, si durante el año tus ingresos varían, puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año para adaptarla a tus nuevos ingresos. Esto te permite ajustar la cuota que pagas a la Seguridad Social en función de tus ingresos reales.

Tarifa plana para autónomos

La tarifa plana es una medida que permite a los nuevos autónomos disfrutar de una cuota reducida durante los primeros 12 meses de actividad, con un importe de 80 euros mensuales

Esta reducción de cuota se podrá solicitar en el momento de tramitar el alta y solo pueden solicitarla aquellos autónomos que no hayan estado dados de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien tres años en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción. 

Además, una vez finalizados los primeros 12 meses, los autónomos podrán seguir disfrutando de una cuota reducida durante los siguientes 12 meses si prevén que sus rendimientos económicos netos anuales vayan a ser inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese período y lo solicitan a través de Importass.

Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios

En términos sencillos, este sistema establece ciertas bases de cotización mínimas y máximas para los trabajadores autónomos en el sector agrario.

La base mínima de cotización para estos trabajadores es de 960,60 euros al mes, mientras que la base máxima se sitúa en 4.139,40 euros al mes. Dependiendo de la base de cotización que elijan, se aplicarán diferentes porcentajes o tipos de cotización.

Aquí tienes la tabla con la información básica:

ConceptoImporte (€/mes)
Base mínima960,60
Base máxima4.139,40
Fuente: Seg-Social.es

Recuerda que, además de las cotizaciones básicas, hay otras cotizaciones voluntarias y adicionales por conceptos como incapacidad temporal, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales o cese de actividad. Estas cotizaciones varían en función de las elecciones del trabajador y las coberturas que desee incluir.

Sistema Especial para Empleados de Hogar

El Sistema Especial para Empleados de Hogar es un régimen específico dentro de la Seguridad Social que regula la cotización y las prestaciones de los trabajadores domésticos. Las cotizaciones se basan en una escala con diferentes tramos según la retribución mensual que reciben. Además, se tienen en cuenta las pagas extraordinarias para determinar la retribución mensual.

Las cotizaciones incluyen contingencias comunes, profesionales, desempleo y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Los empleadores y empleados tienen diferentes porcentajes de responsabilidad en estas cotizaciones. Por ejemplo, en las contingencias comunes, el empleador paga el 23,60% y el empleado el 4,70%.

Existen ciertos beneficios y reducciones en las cotizaciones para empleadores que estén al día con sus pagos a la Seguridad Social. Estos beneficios pueden incluir reducciones en las cuotas empresariales por contratación de cuidadores en familias numerosas, contratación de personas con discapacidad, entre otros.

A partir del 1 de enero de 2023, solo las personas empleadoras podrán asumir las obligaciones de cotización y encuadramiento, y podrán acceder a los beneficios aplicables en este Sistema Especial.

Ahora, aquí tienes una tabla con las bases mínimas y máximas de cotización:

TramoRetribución mensual (euros/mes)Base de cotización (euros/mes)
1Hasta 269,00231,00
2Desde 269,01 hasta 418,00379,00
3Desde 418,01 hasta 568,00528,00
4Desde 568,01 hasta 718,00677,00
5Desde 718,01 hasta 869,00827,00
6Desde 869,01 hasta 1.017,00976,00
7Desde 1.017,01 hasta 1.166,701.166,70
8Desde 1.166,71 hasta 1.273,001.220,00
9Desde 1.273,01 hasta 1.439,001.370,00
10Desde 1.439,01Retribución mensual
Fuente: Seg-Social.es

Recuerda que estos valores son aplicables desde el 1 de enero de 2022 y pueden cambiar en el futuro.

Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en períodos de actividad

El Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en Períodos de Actividad es un régimen específico de cotización a la Seguridad Social aplicable a aquellos empleados que trabajan en el sector agrario. Este sistema se aplica durante los períodos en los que estos trabajadores están activos y prestando servicios.

En este sistema, los empleadores pueden elegir entre cotizar en base a las jornadas reales trabajadas o en base a un salario mensual. Si no se especifica, se asume que se utilizará la modalidad de cotización mensual. Las bases de cotización varían según el grupo de cotización y la categoría profesional del trabajador, y están establecidas en el artículo 147 del Real Decreto Legislativo 8/2015.

Los trabajadores agrarios no tienen que pagar cotizaciones adicionales por horas extra ni por contingencias comunes en contratos temporales de 30 días o menos.

Las bases mínimas y máximas de cotización en este sistema especial se muestran en la siguiente tabla:

Grupo de CotizaciónCategorías ProfesionalesBases mínimas (euros/mes)Bases máximas (euros/mes)
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores1.759,504.495,50
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados1.459,204.495,50
3Jefes Administrativos y de Taller1.269,304.495,50
4Ayudantes no Titulados1.260,004.495,50
5Oficiales Administrativos1.260,004.495,50
6Subalternos1.260,004.495,50
7Auxiliares Administrativos1.260,004.495,50
8Oficiales de primera y segunda1.260,004.495,50
9Oficiales de tercera y Especialistas1.260,004.495,50
10Peones1.260,004.495,50
11Trabajadores menores de dieciocho años1.260,004.495,50

Existen diferentes tipos de cotización en función de las contingencias comunes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), desempleo, FOGASA y formación profesional. 

Además, hay reducciones aplicables a las aportaciones empresariales en función de la situación del trabajador, como situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor, y corresponsabilidad en el cuidado del lactante durante la actividad laboral.

Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en Períodos de inactividad

En el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios por cuenta ajena, hay períodos de inactividad. Estos ocurren cuando un trabajador está de alta en el sistema, pero no está trabajando todos los días del mes. Para calcular estos días de inactividad, se compara el número de días en alta con el número de jornadas reales trabajadas, multiplicado por 1,3636. La diferencia entre estos dos números nos dará los días de inactividad en el mes.

Durante estos períodos de inactividad, la base de cotización es diferente. En 2023, la base mensual de cotización para los trabajadores en inactividad será de 1.260,00 euros, que corresponde a la base mínima del grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social.

El tipo de cotización durante la inactividad será del 11,50%. Además, a partir de 2023, se aplicará un 0,6% adicional sobre la base de cotización para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que será responsabilidad del trabajador.

Hay beneficios en la cotización para aquellos trabajadores que hayan realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en 2022. Durante los períodos de inactividad en 2023, se les aplicará una reducción del 19,11% en las cuotas.

Aquí tienes la tabla con las bases mínimas y máximas:

SituaciónBase mínima (euros/mes)Base máxima (euros/mes)
Inactividad (Grupo 7)1.260,001.260,00
Fuente: Seg-Social.es

Recuerda que estos números son aplicables sólo durante los períodos de inactividad en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios por cuenta ajena en 2023.

¿Qué conceptos salariales forman parte de la base de cotización?

Los conceptos salariales que se incluyen en la base de cotización son aquellos que se consideran parte de la remuneración del trabajador por su trabajo y se tienen en cuenta al calcular las cotizaciones a la Seguridad Social. 

Según indica el Real Decreto 20/64 del 22 de diciembre, aquí tienes una lista de esos conceptos:

  1. Pluses de transporte y distancia, que son las cantidades abonadas a los trabajadores para cubrir los costes de transporte y la distancia entre su residencia y el lugar de trabajo.
  2. Mejoras de las prestaciones de la Seguridad Social, excepto las correspondientes a la incapacidad temporal.
  3. Asignaciones asistenciales, a excepción de las destinadas a cubrir gastos de estudios de los trabajadores o asimilados, siempre que sean exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características del puesto de trabajo.
  4. Gastos normales de manutención y estancia generados en el mismo municipio del lugar del trabajo habitual del trabajador y de su residencia.
  5. Gastos de locomoción en transporte público, solamente se incluyen en la cotización cuando no se justifican mediante factura o documento equivalente.

Estos conceptos forman parte de la base de cotización y se tienen en cuenta al calcular las cotizaciones que tanto el trabajador como el empleador deben aportar a la Seguridad Social.

¿Qué conceptos salariales no forman parte de la base de cotización?

Los conceptos que no se incluyen en la base de cotización son aquellos que no se consideran parte de la remuneración del trabajador por su trabajo y, por lo tanto, no se tienen en cuenta al calcular las cotizaciones a la Seguridad Social. Aquí tienes una lista de esos conceptos:

  1. Asignaciones para gastos de transporte público cuando el trabajador se desplaza fuera de su centro habitual de trabajo, siempre que se justifiquen con factura o documento equivalente.
  2. Asignaciones para gastos de locomoción (no incluidos en el punto anterior), manutención y estancia generados en un municipio distinto al lugar de trabajo habitual y residencia del trabajador, siempre que estén dentro de los límites establecidos por la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  3. Indemnizaciones por fallecimiento, traslados, suspensiones y despidos, hasta ciertos límites establecidos en la legislación o convenios colectivos.
  4. Prestaciones de la Seguridad Social, mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas y asignaciones destinadas a cubrir gastos de estudios para la actualización, capacitación o reciclaje del personal.
  5. Horas extraordinarias, excepto para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Recuerda que estos conceptos no forman parte de la base de cotización, pero los empresarios deben comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, incluso si no se incluyen en la base de cotización.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la relación entre la base de cotización y las contribuciones a la seguridad social?

La base de cotización es un aspecto clave en relación con las contribuciones a la Seguridad Social que tanto empleadores como empleados deben realizar. 

Es un monto que se calcula a partir de los ingresos del trabajador y sirve como referencia para determinar las cotizaciones que tanto la empresa como el empleado deben pagar a la Seguridad Social.

La importancia de la base de cotización radica en que está directamente vinculada con las prestaciones a las que se puede tener acceso en el futuro, como el subsidio por desempleo, pensiones contributivas o las incapacidades temporales y permanentes. 

Un empleado con una base de cotización más alta tendrá acceso a mejores prestaciones en caso de necesitarlas.

Es fundamental tener en cuenta que cualquier ingreso que no forme parte de la base de cotización, como pluses de transporte, dietas o comisiones, no será considerado al calcular las futuras prestaciones. 

Aunque esto puede significar un ahorro en las cotizaciones a la Seguridad Social durante la vida laboral, podría afectar negativamente el monto de las prestaciones en el futuro, como la pensión o el subsidio por desempleo, lo que podría resultar en una pérdida de poder adquisitivo.

La ley exige que la base de cotización aparezca en la nómina de cada empleado, y también se puede obtener en la sede electrónica de la Seguridad Social. 

Por tanto, es importante estar informado sobre tu base de cotización y cómo influye en tus contribuciones a la Seguridad Social y en las prestaciones futuras.

¿Cuándo se actualiza la base de cotización?

La base de cotización se actualiza anualmente, y este proceso está a cargo del Gobierno, específicamente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La actualización se basa en el Índice de Precios al Consumo (IPC), que refleja la variación de los precios de bienes y servicios a lo largo del tiempo. El IPC se calcula comparando los precios de un año con los del año anterior.

Una vez que se revisa el IPC y se determina la actualización necesaria, el nuevo valor de la base de cotización se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los cambios en la base de cotización entran en vigor al mes siguiente de su publicación. Si el IPC muestra una disminución, las bases de cotización se mantienen sin cambios.

Además, el Gobierno puede decidir ajustar las bases de cotización en otros momentos como parte de reformas fiscales o laborales. En estos casos, los cambios también se publicarán en el BOE y se aplicarán según lo establecido en las reformas.

En resumen

La base de cotización se actualiza anualmente, tomando en cuenta el IPC y posibles ajustes adicionales relacionados con reformas fiscales o laborales. Estas actualizaciones aseguran que los trabajadores reciban una remuneración adecuada por sus contribuciones a la Seguridad Social.

¿Cómo afecta la base de cotización a los trabajadores autónomos?

La base de cotización tiene un impacto significativo en los trabajadores autónomos, ya que es la referencia mensual que utilizan para calcular sus cotizaciones a la Seguridad Social. La elección de la base de cotización influirá en la cuota mensual que el autónomo debe pagar.

A diferencia de los trabajadores asalariados, los autónomos pueden seleccionar libremente su base de cotización, sin importar sus ingresos reales. Cada año, el Gobierno establece los límites mínimo y máximo de cotización, y los autónomos pueden cambiar su base hasta cuatro veces al año.

La cuota mensual de cotización para un autónomo se calcula como un porcentaje de la base de cotización elegida. Este porcentaje incluye contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y formación y prevención.

La base de cotización también afecta directamente a las prestaciones sociales a las que tendrán acceso los autónomos. Una base de cotización más alta resultará en mayores prestaciones en caso de desempleo, incapacidad temporal y jubilación

Sin embargo, la mayoría de los autónomos (aproximadamente el 85%) cotiza por la base mínima, lo que puede llevar a prestaciones más bajas y una jubilación menos holgada.

Resumen

La base de cotización es crucial para los trabajadores autónomos, ya que determina las cuotas que deben pagar a la Seguridad Social y las prestaciones a las que tendrán derecho. Por lo tanto, es importante que los autónomos consideren cuidadosamente la base de cotización que elijan, ya que esto afectará sus futuras prestaciones y su nivel de protección ante situaciones adversas.

¿Existen diferencias en la base de cotización según el tipo de contrato (indefinido, temporal, etc.)?

Aunque la base de cotización en sí misma no varía según el tipo de contrato, lo que sí cambia son las cotizaciones que tanto la empresa como el trabajador deben pagar a la Seguridad Social.

En el caso de las cotizaciones empresariales, la empresa paga un porcentaje por contingencias comunes, que es del 23,60% de la base de cotización. Además, hay un porcentaje por contingencias profesionales, que varía según la actividad de la empresa y el puesto del trabajador. También hay una cotización del 0,20% por FOGASA y del 0,60% por Formación Profesional.

Lo interesante es que las cotizaciones empresariales por desempleo varían según el tipo de contrato. En los contratos indefinidos, la cotización es del 5,50%, mientras que en los temporales, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, sube al 6,70%.

En cuanto a las cotizaciones de los trabajadores en caso de desempleo, también varían según el tipo de contrato. Para contratos indefinidos, el porcentaje es del 1,55% y en los temporales, ese porcentaje sube hasta el 1,60%.

Además, hay diferencias en las bonificaciones y reducciones de las cuotas de la Seguridad Social en función del tipo de contrato. Por ejemplo, la contratación indefinida y la conversión de contratos temporales en indefinidos pueden tener bonificaciones y reducciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

En resumen

Aunque la base de cotización en sí misma no cambia según el tipo de contrato, las cotizaciones a la Seguridad Social, tanto para el trabajador como para la empresa, sí varían. Además, hay diferencias en las bonificaciones y reducciones de las cuotas en función del tipo de contrato.

Valoración final

En conclusión, la base de cotización es un elemento esencial en el ámbito laboral y de la seguridad social, que afecta tanto a trabajadores asalariados como a autónomos, así como a los empleadores. 

La correcta gestión y comprensión de la base de cotización es clave para garantizar el acceso a las prestaciones y beneficios ofrecidos por el sistema de seguridad social, como la jubilación contributiva, prestaciones por desempleo e incapacidades temporales y permanentes. 

Es fundamental mantenerse informado y tomar decisiones adecuadas en relación a la base de cotización, ya que esto puede tener un impacto significativo en nuestra calidad de vida a lo largo de nuestra trayectoria profesional y más allá. 

Conocer y entender la base de cotización nos permitirá enfrentar de manera más efectiva nuestros derechos y responsabilidades dentro del sistema de seguridad social, protegiendo así nuestro bienestar económico y laboral.

Artículo escrito por Noelia Pérez Magán, experta en Relaciones Laborales y Senior Manager de RRHH en BDO Abogados.

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